¿Te imaginas retirar dinero de una inversión y que el SAT no te cobre ni un solo peso? No es un mito ni un truco ilegal. Es una posibilidad real si usas correctamente el Artículo 93 de la Ley del ISR. Este artículo —que para muchos pasa desapercibido— es una de las herramientas fiscales más poderosas que existen en México… si sabes aplicarlo.

Y no, no necesitas tener millones ni vivir en un paraíso fiscal. Solo necesitas estrategia.

¿Qué es el Artículo 93 y por qué debería importarte?

El Artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta enumera decenas de ingresos que están exentos de ISR, es decir, que no generan impuestos. A diferencia de una deducción (como cuando haces tu declaración anual y te regresan algo), aquí hablamos de ingresos que ni siquiera tienes que reportar si cumples con ciertos requisitos.

Y cuando decimos ingresos, no hablamos solo de premios o herencias. También incluye cosas como:

  • Pensiones y jubilaciones
  • Herencias y donativos entre familiares directos
  • Indemnizaciones por fallecimiento (seguros de vida)
  • Reembolsos de gastos médicos
  • Retiros de ciertos seguros con componente de ahorro

En otras palabras: hay dinero que puedes recibir 100% libre de impuestos. Y si estás pensando en invertir o ahorrar a largo plazo, esto puede jugar a tu favor más de lo que imaginas.

mujer sonriente frente a laptop aprendiendo sobre ingresos exentos con el art 93 del ISR

Invertir sin pagar impuestos: ¿es posible?

Cuando piensas en “inversión”, seguramente te vienen a la mente CETES, fondos, acciones o inmuebles. Y sí, todos esos pueden ser buenos vehículos… pero casi todos generan ISR en algún momento. Algunos cada año. Otros solo al vender. Pero siempre, de alguna forma, el SAT aparece.

Ahora, ¿qué pasa si existe una alternativa que te permite invertir, crecer tu dinero y, si lo haces bien, retirarlo sin pagar ISR?

Spoiler: sí existe. Y está en el propio Artículo 93.

El seguro de vida con componente de ahorro

Este tipo de instrumento, también conocido como seguro dotal, seguro vitalicio o seguro de vida inversión (son 3 diferentes), puede sonar raro al principio. Pero es muy simple:

  • Lo contratas como un seguro de vida (legalmente es uno).
  • Tiene una parte de protección (en caso de fallecimiento).
  • Pero también tiene una parte de acumulación de capital (unos más que otros).
  • Y si cumples con ciertas condiciones, lo que recibes está exento de ISR.

¿Las condiciones? Muy claras:

  1. Que tú mismo hayas pagado las primas (no tu empresa).
  2. Que lo mantengas mínimo 5 años.
  3. Que retires a partir de los 60 años.

¿Cumples esas tres? Entonces todo lo que recibas al final del plazo estará exento de impuestos, según la fracción XXI del Art. 93.

grupo de personas analizando opciones de inversión compatibles con el art 93

¿Y si retiro antes de los 60?

Buena pregunta. Aquí entra uno de los beneficios más subestimados de estos planes: el diferimiento fiscal.

A diferencia de otras inversiones donde pagas ISR cada año (por ejemplo, en CETES te retienen automáticamente), en estos planes:

  • No pagas ISR cada año.
  • Solo pagas cuando retiras.
  • Tú decides cuándo y cuánto retirar.

¿Y eso para qué sirve?

Para tener un “colchón” inteligente. Si un año ganas poco o pierdes tu empleo, puedes retirar y caer en un rango de ISR muy bajo… o incluso no pagar nada.

También sirve como fondo de emergencia: puedes disponer del dinero sin que el SAT te cobre de inmediato, y solo pagarás por la parte que realmente hayas ganado.

mujer pensativa revisando su laptop para entender los beneficios fiscales del art 93

Un ejemplo concreto (y realista)

Imagina esto:

Laura, 35 años, decide contratar un seguro con componente de ahorro. Aporta $4,000 al mes. A los 60 años, su plan acumula $4 millones. Como lo contrató ella, lo mantuvo más de 5 años y lo retira después de los 60, todo ese dinero está exento de ISR. Ni ella ni el SAT lloran. Win-win.

Ahora imagina que Laura necesita usar $200,000 del plan a los 50 años porque tuvo una emergencia médica (y por alguna razón no tenia el mejor seguro de gastos médicos mayores). Como aún no cumple los requisitos del Art. 93, ese retiro sí genera ISR… pero solo sobre la ganancia. Y lo paga en ese momento, no antes. O sea: sigue saliendo mejor que muchas otras opciones.

ilustración de foco representando ideas para aplicar el art 93 del ISR en tus inversiones

¿Y cuáles son las alternativas de inversión?

Si esto te suena interesante, seguramente te estás preguntando: “¿Y en qué tipo de instrumentos puedo aplicar esto?”

Aquí van tres opciones que puedes contratar desde hoy mismo y que, si las estructuras bien, pueden ayudarte a aplicar el Art. 93:

Seguro Dotal

Una combinación de seguro y ahorro con fecha definida. Si llegas vivo al final del plazo, te entregan una suma garantizada. Perfecto para quien quiere tener un objetivo claro, como el retiro o la universidad de sus hijos.

Normalmente estos planes están en UDIs o en bonos en USD.

Seguro Vitalicio (con ahorro)

Una cobertura para toda la vida que también acumula valor. Puedes usarlo para heredar sin que tus beneficiarios paguen ISR, o para retirar dinero si lo necesitas en vida. El dinero crece sin que el SAT lo toque… hasta que tú decidas.

Normalmente estos planes están en UDIs o en bonos en USD.

Seguro de Vida Inversión (OptiMaxx Plus)

Un plan donde tú eliges cómo se invierte tu dinero: conservador, balanceado o agresivo. Crece en el tiempo, es líquido si lo necesitas, y si lo conservas hasta los 60, puede salir libre de impuestos.

Puedes invertir en CETES, UDIs, bonos en dólares o euros, o en fondos como el S&P 500, Nasdaq, oro, entre otros.

A diferencia de los otros planes, aquí el componente de “seguro de vida” es mínimo: se paga una sola vez ($500 al contratar), y el resto se invierte de forma directa. Es, en esencia, inversión pura con beneficios fiscales.

tablero con fichas de colores representando decisiones de inversión vinculadas al art 93

¿Qué otros ingresos están exentos según el Art. 93?

Además de lo que nos interesa (inversiones y seguros), este artículo cubre una lista enorme de casos. Algunos de los más útiles o comunes son:

  • Herencias o legados (fracción XXII)
  • Donativos entre padres e hijos (fracción XXIII)
  • Pensiones o jubilaciones (fracción IV)
  • Indemnizaciones por fallecimiento (seguros de vida, fracción XXI)
  • Venta de casa habitación (una vez cada 3 años, fracción XIX)
  • Reembolsos de gastos médicos o de funeral (fracción VI)

¿Y si combinas varios? Mejor. Porque cada ingreso se evalúa por separado. Si cobras un seguro y vendes tu casa en el mismo año, puedes aprovechar ambas exenciones.

pizarrón con signo de interrogación para evaluar si aplicas al art 93 del ISR

Entonces… ¿vale la pena contratar un seguro de este tipo?

Depende de tu perfil. Pero si:

  • No te gusta pagarle al SAT más de lo necesario
  • Ya estás ahorrando en algún lado pero no sabes si lo estás haciendo bien
  • Quieres tener un plan B que también sirva como protección

…entonces sí, vale la pena considerarlo. Especialmente si ya estás pensando en largo plazo (retiro, herencia, estabilidad financiera).

Y si te gusta optimizar cada peso que ganas, este tipo de instrumentos se convierte en algo más que un “seguro”: se vuelve una estrategia fiscal inteligente.

NOTA: Esto es especialmente valioso si estás en RESICO y quieres invertir en bolsa o ETFs sin perder tu régimen fiscal… además de no pagar ISR. Lee nuestro artículo completo:
> ¿Se puede invertir en bolsa si estás en RESICO? Sí, pero no como crees

mujer escribiendo “yes” al comprender cómo beneficiarse del art 93 con seguros o inversiones

¿Cómo saber si estás haciendo bien las cosas?

Aquí van tres preguntas clave para ti:

  1. ¿Estás invirtiendo en un instrumento que no te cobra ISR cada año?
  2. ¿Tienes algún plan que te dé liquidez, protección y ventajas fiscales?
  3. ¿Sabes cómo aprovechar el Art. 93 según tu edad y objetivos?

Si alguna respuesta es “no” o “no estoy seguro”, entonces es buen momento para revisar tus opciones.

tablero de dardos con dardo en el centro y alcancía representando estrategia financiera con el art 93

Conclusión: el SAT no perdona… pero tampoco te obliga a pagar de más

Usar el Art. 93 no es hacer trampa. Es aplicar la ley. Y en este caso, es una ley que te permite construir, proteger y usar tu dinero de forma mucho más eficiente.

La mayoría ni siquiera sabe que existe. Tú ya lo sabes. Ahora la pregunta es: ¿lo vas a aplicar?

En Donna podemos ayudarte a encontrar o estructurar el plan que califica para estas exenciones.

Ya sea como estrategia de retiro, fondo de emergencia o herencia fiscalmente limpia, hay opciones reales. Y no necesitas millones para empezar.

¿Quieres iniciar un plan compatible con el Art. 93? Mándanos un WhatsApp o llena este formulario.

logo donna con pieza de ajedrez y corona dorada como símbolo de inversión eficiente bajo el art 93